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¿Qué es el valor venal?

Dentro de la complejidad del sector asegurador, nos encontramos con determinada terminología específica de esta profesión. Debemos conocer el significado de cada tipología de valor para no incurrir en errores de valoración que, cuando se produce el siniestro, lesionan los intereses del asegurado.

Según el artículo 26 de la Ley de Contrato de Seguro 50/1980 de 8 de octubre, debemos atender y significar correctamente lo que pueden ser valores asegurables, así como sus diferentes nominaciones. Recordando la esencia del articulo antes citado: «el seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado. Para determinar el daño se atenderá al valor del interés en el momento inmediatamente anterior a la realización del siniestro».

En este sentido la ley deja totalmente claro que el valor del resarcimiento en caso de siniestro es idéntico al valor real, es decir, del valor en estado de nuevo de un bien debemos sustraer la depreciación sufrida por su estado de conservación, uso, antigüedad, obsolescencia, u otros.

Las aseguradoras definen el valor venal de un vehículo, con aquel que corresponda en el mercado de compra-venta, según el boletín estadístico de la Asociación de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (GANVAM) o cualquier otra publicación que la sustituya.

También se puede utilizar las tablas de Hacienda para la gestión del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (adjuntamos publicación del BOE en pdf).

Las valoraciones son el resultado del análisis estadístico de los precios de los coches en el mercado español y se realizan a través del estudio de diferentes fuentes, poniendo gran énfasis en la información de venta de coches reales que se anuncian en nuestro mercado. Los precios son estimaciones medias y pueden variar según la demanda puntual específica de cada momento y/o zona.

Cabe destacar la problemática derivada de un siniestro total en un vehículo, el conflicto de intereses entre aseguradora y el asegurado, está servido.

Un asegurado debe observar estos puntos a la hora de valorar lo más objetivamente su vehículo:

  • Kilómetros del vehículo.
  • Accesorios del vehículo.
  • Estacionamiento en garaje o en la calle.
  • Utilización del vehículo -fines comerciales, uso particular o mixto.
  • Kilómetros anuales del vehículo.
  • Estado interior del vehículo.
  • Programa de mantenimiento realizado.
  • Obsolescencia.

RECUERDA: antes de aceptar una indemnización por un siniestro total, asesórate convenientemente del valor venal del vehículo.

¡Sí tienes dudas, pregúntanos!

 

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