fbpx

¿Qué cubre el seguro de retirada temporal del permiso de conducir?

Hace ya algún tiempo, el pasado, 1 de julio de 2006 entró en vigor la Ley 17/2005 que regula el permiso y la licencia de conducción por puntos. A partir de entonces, los titulares de un permiso o licencia de conducción disponen de un crédito de puntos que se irán restando en función de las infracciones que se vayan cometiendo.

La diferencia con la anterior legislación es que la pérdida de todos los puntos supone la revocación del permiso o licencia de conducción, y en consecuencia la necesidad de volver a pasar por la autoescuela y superar unas pruebas de aptitud.

Cuando entró esta norma, a todos los conductores se les dio un saldo inicial de 12 puntos, ahora los conductores que no hayan sido sancionados tendrán 15 que es el máximo. Pero existen 2 excepciones:

  • Para conductores noveles: Los titulares de un permiso o licencia de conducción con menos de tres años de antigüedad, dispondrán de 8 puntos.
  • Para los que han perdido todos los puntos: Los titulares de un permiso o licencia de conducción que hayan obtenido de nuevo el permiso o licencia tras haber perdido todos los puntos también dispondrán de 8 puntos.

Aunque debes saber que los conductores que dispongan de 8 puntos por las excepciones antes mencionadas, transcurridos dos años sin que hayan sido sancionados por cometer infracciones que conlleven pérdida de puntos pasarán a disponer de un total de 12 puntos.

Para saber el saldo de puntos del carne que tienes, pincha aquí.

Las sanciones que llevan aparejada la pérdida de puntos son:

Más infracciones aquí.

Y de todo esto, ¿qué puedes asegurar?

Existen pólizas en el mercado asegurador que indemnizan al conductor de un vehículo cuando le sea retirado o retenido el permiso de conducir por sanción gubernativa. Esta prestación consiste en el pago de una renta mensual – de la cantidad pactada en la póliza- irá en función de las necesidades de cada asegurado, sobre todo si el no tener posibilidad de conducir implica un perjuicio económico grave. Habrá que estudiar cada caso.

Las compañías no cubren las suspensiones del permiso ocasionadas por:

  • cuando la retirada se origine por decisión judicial, aunque algunas entidades cubren las sentencias por imprudencia temeraria del conductor.
  • por hechos acaecidos con anterioridad a la entrada en vigor de la póliza.
  • por conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas, tóxicos o estupefacientes.
  • por hechos producidos durante la conducción quebrantando una orden de retirada anterior.
  • por hechos ocurridos durante la huida de un siniestro o la omisión de socorro a personas accidentadas.

¿Necesitas que te asesoremos en un seguro de retirada temporal del permiso de conducir?

 

 

Deja un comentario

WhatsApp ¿En qué podemos ayudarte?