Hemos contratado un seguro para cubrir unos riesgos, para que en el supuesto de que sucedan, podamos percibir una prestación económica que nos permita paliar los daños sufridos. Sin embargo, cuando ocurre el siniestro nos podemos encontrar con numerosos inconvenientes, sobre todo si no hemos contratado la póliza con un corredor de seguros, como:
- El rechazo del siniestro.
- No hay cobertura en la póliza.
- Disconformidad con la cuantía ofertada,
- o con el servicio prestado.
- Demora injustificada en el pago de la indemnización.
Si estamos en esta situación, existen varias vías para intentar resolverlo, una de ellas es el LAUDO. Como definición el laudo es la decisión o fallo que dictan los árbitros de un conflicto.
Aunque debo hacer algunas matizaciones:
Habitualmente existen Organizaciones de Consumidores y Usuarios que velan por nuestros intereses, o en algunos Ayuntamientos la sección de Consumo, puedes reclamar tus derechos; si has sufrido un agravio en un comercio o si te han prestado un servicio de una forma inadecuada o has llevado al tinte una prenda y se ha estropeado, entre otras cosas. Esto es para lo general, pero el sector asegurador tiene su propio mecanismo de reclamación arbitral y este es el defensor del asegurado.
La figura del defensor del asegurado o el departamento en defensa de los asegurados, es obligaría para todas las compañías y tiene como fin recabar las quejas planteadas por los asegurados y emitir un dictamen (laudo) que vincula a la aseguradora. Aquí tienes varios modelos de queja o reclamación:
Reclamación al defensor del cliente
Todos los asegurados que no estén conformes con la solución de su siniestro, podrán presentar una reclamación ante este órgano. Si el defensor del asegurado cree que la reclamación tiene fundamento, la compañía aceptará automáticamente la solución que le propongan cuando el siniestro cumpla los requisitos establecidos en la póliza.
Las resoluciones del defensor del asegurado son vinculantes para la compañía, siendo un requisito previo para que el reclamante acuda a la Dirección General de Seguros, si no está satisfecho con la resolución, o pasan más de 6 meses desde que se presentó la reclamación.