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¿Qué plazos tienen las compañías de seguros para realizar los pagos?

En este post vamos a compartir con vosotros los plazos legales que tienen las compañías para empezar a pagar los siniestros o las prestaciones convenidas en las pólizas de seguros que se contratan.

Estos plazos son:

  • a los 40 días de haber conocido el siniestro, han de pagar el importe mínimo conocido. Esto es que deben abonar a cuenta de la liquidación definitiva del siniestro los gastos conocidos en el siniestro.
  • En un máximo de 3 meses a contar desde la fecha del siniestro, deben haber entregado toda la indemnización o reparado todos los daños que correspondan, o al menos, haber iniciado el pago o la reparación si es que van a prolongarse más allá de los 3 meses (obviamente según la gravedad del siniestro).

Si la aseguradora incumple cualquiera de ambos plazos, el asegurado puede exigir el pago de unos intereses por la demora ocurrida en la liquidación del siniestro. El importe de los intereses de demora irá en consonancia con el retraso en el pago.

  • Si la prestación llega durante los primeros 2 años a contar desde la fecha del siniestro, la aseguradora está obligada a pagar el interés legal del dinero incrementado en el 50 %.
  • Si se sobrepasan estos 2 años, el interés será del 20% anual.

Esta penalización la puede exigir tanto el asegurado como los terceros perjudicados en un seguro de responsabilidad civil, o los beneficiarios en el seguro de vida. No es necesario que la deuda esté totalmente determinada y reconocida por ambas partes, basta que no le hayan pagado en el plazo de 3 meses.

En la práctica del sector es difícil que las compañías paguen estos intereses en siniestros que se resuelven de manera amistosa o atreves del servicio de reclamaciones de la compañía, lo que no deja más salida que acudir a la vía judicial, para la reclamación de estos derechos. Cuestión que en la mayoría de los casos no compensa, ya que, cuesta más la propia reclamación que lo reclamado.

¿Has tenido algún y tu compañía ha tardado demasiado en indemnizarte?

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