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Daños que cubre un seguro a todo riesgo

Está claro que debes tener contratado un seguro obligatorio para tu vehículo,  que cubra los daños personales y materiales que puedas ocasionar a otros (terceros). También existen otras garantías que te cubren daños como son: rotura de cristales, robo e incendio, pero me voy a centrar exclusivamente en explicar que puede cubrir la garantía de todo riesgo o daños propios.

Esta cobertura sirve para que la aseguradora se haga cargo de los daños que se produzcan en tu vehículo por hechos derivados de la circulación:

  • Daños por colisión.
  • Vuelco o caída en desnivel.
  • Hundimientos de terrenos, puentes o carreteras.
  • Hechos mal intencionados de terceros: vandalismo.
  • Fenómenos meteorológicos no cubiertos por el Consorcio: el granizo, el pedrisco y la caída de un rayo.
  • Otros sucesos accidentales que sean derivados de la circulación del vehículo.
  • Daños  por atropello de animales domésticos o especies cinegéticas.
  • Daños a los equipajes.
  • Coberturas para los accesorios del vehículo.
  • Daños en elementos de retención infantil.
  • Daños ocasionados en vías no aptas: en caminos no asfaltados.
  • Vehículo de sustitución.
  • Ampliación del valor de nuevo del vehículo a 3 años u otras mejoras en la valoración por siniestro total.
  • Pago de los gastos de gestoría: duplicado y renovación del permiso de conducir, cambios de titularidad del vehículo, cambiaos de domicilio, bajas de vehículos.
  • Pago de gastos de ITV.

En el mercado de seguros en España existen multitud de compañías que ofertan coberturas a todo riesgo, no hay que dejarse engañar por la publicidad, ya que no todos los seguros a todo riesgo son iguales, cada compañía  tiene el suyo propio y hay muchas diferencias de unas a otras.

¿Sabes que cobertura real tienes contratada en tu seguro a todo riesgo?

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